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ETICA Y CONDUCTA EMPRESARIAL








MANUAL
DE ETICA Y CONDUCTA










Cargo que Elabora
Cargo que Revisa
Cargo que Aprueba


Director de Calidad
Director de Gestión Humana
Gerente
Fecha de Aprobación
Enero 02 de 2014




1       OBJETIVO


2       ALCANCE

Este procedimiento aplica a todos los colaboradores de EMPRESA X  S.A.S. 

3       DEFINICIONES

Colusión. Es un pacto que acuerdan dos personas u organizaciones con el fin de perjudicar a un tercero

Cabildeo. Toda acción deliberada y sistemática destinada a influir en las decisiones políticas del Gobierno y/o el Congreso, llevada a cabo por un grupo particular a favor de sus intereses y puntos de vista, a través de la búsqueda del contacto o comunicación directa con autoridades y funcionarios públicos. Tal acción puede ser llevada a cabo por los propios interesados o a través de terceros, los que reciben un pago, compensación o beneficio por tal labor.

Conducta. Es el conjunto de actos, comportamientos, exteriores de un ser humano y que por esta característica exterior resultan visibles y plausibles de ser observados por otros. Caminar, hablar, manejar, correr, gesticular, limpiar, relacionarse con los demás, es lo que se denomina conducta evidente por ser externamente observables. Las actitudes corporales, los gestos, la acción y el lenguaje son las cuatro formas de conducta que ostentan los seres humanos. 

Confidencialidad. Es la propiedad de la información, por la que se garantiza que está accesible únicamente a personal autorizado a acceder a dicha información.

Conflicto de Interés. Es aquella situación en la que el juicio del individuo -concerniente a su interés primario- y la integridad de una acción, tiende a estar indebidamente influenciado por un interés secundario, de tipo generalmente económico o personal. Existe conflicto de interés cuando en el ejercicio de las labores dentro de una institución, sobreviene una contraposición entre el interés propio e institucional.

Corrupción. El abuso del poder otorgado para obtener un beneficio personal.

Discriminación. Es todo acto de separar a una persona de una sociedad o bien denigrarla de una forma a partir de criterios determinados. En su sentido más amplio, la discriminación es una manera de ordenar y clasificar otras entidades.

Ética.  Es una rama filosofía, cuyo objeto de estudio se centra en la moral como una virtud del ser humano, que se relaciona con deberes que tiene como ciudadano de una sociedad determinada, y por la cual puede alcanzar un estado de armonía y felicidad en relación a su espacio y al conjunto de individuos con los cuales lo comparte.

Integridad. Es la pureza original y sin contacto o contaminación con un mal o un daño, ya sea físico o moral.

Soborno.  El soborno (deriva del verbo sobornar y este viene del latín sobornaré-proveer o equipar por debajo o a escondidas) es un mal gene rizado que no conoce fronteras para afectar principios contra de la sociedad.  Se refiere a corromper a alguien con dinero, regalos o algún favor para obtener algo de esta persona

Reputación. Es la consideración, opinión o estima que se tiene a alguien o algo. El concepto está asociado al prestigio.


4       RESPONSABLES
Es responsabilidad del proceso de Recursos Humanos la divulgación y la correcta implementación del presente manual.

Es responsabilidad de todos los funcionarios de EMPRESA X  S.A.S acatar las instrucciones aquí descritas.


5       GENERALIDADES
El presente Manual asume las siguientes asunciones básicas:

Se aplica a todos los empleados, ejecutivos y en general a todos los miembros de EMPRESA X  S.A.S. Para ser contratado como empleado o ser miembro de la empresa, ha de comprender y cumplir con el Manual de ética y conducta, sus lineamientos, reglamento interno de trabajo, sus políticas y procedimientos subyacentes, así como aplicarlo a sus actividades cotidianas.

Antes de todo nombramiento y contratación, y en las evaluaciones de desempeño, todos deberán completar asegurar que comprenden el presente manual y lo aplican adecuadamente en sus actividades diarias.

Debemos cumplir siempre con el presente manual de ética y conducta, así como con todas las leyes y reglamentos aplicables en vigor en el país y a aquellos países en los que llevamos a cabo nuestras actividades comerciales.  Debemos evitar situaciones en las que estaríamos violando dichas leyes. Si las leyes y la reglamentación locales permiten conductas no conformes con nuestro manual, prevalece nuestro manual.

Independientemente de las sanciones que pudieran ser impuestas por las leyes aplicables, las personas que sean encontradas culpables de tales violaciones podrían también estar sujetas a otras sanciones, que incluyen la terminación del empleo. Además, EMPRESA X  S.A.S se reserva el derecho de adoptar otras medidas —procedimiento judicial inclusive— contra las personas que hayan participado o se hayan beneficiado de actividades que son ilegales o contrarias a nuestro manual, con el fin de recuperar los daños sufridos y cualquier cantidad o prestación que se haya pagado o recibido de manera ilícita.

Todas las relaciones con proveedores y clientes deben evitar los conflictos de intereses entre EMPRESA X  S.A.S y la persona o empresa que se va a entablar la relación. Todas las partes deben actuar de manera coherente con nuestro manual y con las leyes o reglamentos aplicables para que se respeten las normas más estrictas.

Nos reservamos el derecho de realizar una auditoría para garantizar que cumplen con nuestro Manual. En caso de que hubiera una violación de nuestro manual o de los valores que éste promueve, EMPRESA X  S.A.S tomará las medidas necesarias, incluyendo la terminación o no renovación del contrato.

Nuestro Manual será actualizado o modificado constantemente en función de las modificaciones que se hagan en las leyes, políticas y en las mejores prácticas.


6       NUESTRA ORIENTACIÓN ÉTICA
6.1  Construir y Mantener Nuestra Reputación
EMPRESA X  S.A.S cuenta con un sistema integral de gestión que garantiza la calidad e inocuidad de los productos, buscando mantener una buena reputación como compañía.

Nuestras acciones individuales y colectivas pueden tener un impacto directo en nuestra reputación. Por ello, debemos siempre cumplir con las leyes aplicables y evitar comportamientos que pudieran causar un daño a nuestra reputación y a la manera en que nos perciben nuestros clientes, el público y todo tercero. Todos debemos velar por mantener y promover nuestra excelente reputación en todas nuestras actividades, sin importar en dónde llevamos a cabo nuestras actividades.


6.2  Respeto Mutuo e Integridad en el Lugar de Trabajo
6.2.1  Discriminación, Acoso y Violencia en el Lugar de Trabajo
Todos tenemos derecho al respeto de nuestra dignidad personal, privacidad y derechos. Nuestro trabajo diario requiere que interactuemos con personas de diversos orígenes étnicos, culturas, religiones, convicciones políticas, edades, discapacidades, razas, orientación sexual y género. EMPRESA X  S.A.S ha establecido una fuerza de trabajo multicultural. De acuerdo con estos valores, prohibimos acciones y comportamientos que reflejen discriminación, acoso o violencia.

La discriminación se da cuando una persona o grupo de personas son tratadas de manera diferente debido a sus rasgos personales, creencias, convicciones o cualquiera de los otros motivos prohibidos por la ley, incluyendo: la raza, el color, la nacionalidad o el origen étnico, lugar de origen, religión, edad, sexo, orientación sexual y discapacidad física o mental.

El acoso ya sea racial, sexual, psicológico o de otro tipo ocurre cuando:
1)    La persona es objeto de un comportamiento ofensivo;
2)    Acontecen estas situaciones:
a.    Una conducta repetida y hostil o indeseada, comentarios verbales, acciones o gestos; o
b.    Un solo incidente serio que tiene efectos duraderos en la persona;
3)    La dignidad o bienestar físico o psicológico de la persona se ven afectados; o
4)    El ambiente de trabajo se convierte en nocivo. La violencia en el lugar de trabajo puede incluir:
a.    El uso de fuerza física que causa o podría causar daños físicos; y/o
b.    Acciones, comportamientos o afirmaciones que podrían ser percibidas razonablemente como una amenaza a la seguridad o integridad personal en un lugar de trabajo de EMPRESA X  S.A.S. Las agresiones físicas, amenazas de violencia y otros incidentes relacionados con violencia que ocurren en los lugares de trabajo de EMPRESA X  S.A.S deben ser informados a las autoridades pertinentes.

6.3  Lo que Esperamos de Nuestros Directivos, Gerentes, Directores y Jefes
Nuestros Directivos, Gerentes, Directores y Jefes cuentan con responsabilidades adicionales bajo nuestro Manual. Éstos tienen la responsabilidad de promover una cultura de cumplimiento e integridad, incluyendo un entorno de trabajo positivo en el que las personas sean tratadas con dignidad y respeto.

6.3.1  Logramos esta meta al:
1)    Predicar con el ejemplo: respetando siempre las normas de nuestro Manual de Ética y Conducta;
2)    Ayudar a aquellas personas que se encuentran bajo nuestra supervisión a comprender y respetar las normas, políticas y prácticas establecidas en nuestro trabajo y al poner de relieve la importancia de participar en formaciones y certificaciones relacionadas;
3)    Apoyar a las personas que, de buena voluntad, plantean una preocupación o informan sobre algún problema sospechoso, aunque el hacerlo signifique que debamos salir de la cadena de mando;
4)    Evitar tomar o permitir represalias contra cualquier persona que informe de alguna preocupación de buena voluntad;
5)    Hacer un seguimiento cuando nos enteramos o sospechamos de una posible conducta negativa, y nunca ignorar tal tipo de conducta.


6.4  Salud, Seguridad y Medio Ambiente
6.4.1 Salud y Seguridad en el Lugar de Trabajo
El activo más valioso de EMPRESA X  S.A.S es su gente. La seguridad de todos es de suma importancia en todos y cada uno de nuestros proyectos. Estamos comprometidos a proporcionar entornos de trabajo seguros y saludables en nuestra planta de producción y en todas nuestras oficinas.

EMPRESA X  se asegurará de que las leyes vigentes relativas a la salud y seguridad del lugar de trabajo actúen como un estándar mínimo en todas las áreas en las que realizamos nuestras actividades. Cuando sea necesario, incluiremos procedimientos especiales de seguridad como parte de nuestro programa de salud ocupacional.

Nuestro objetivo es garantizar la evaluación de riesgos y promover la conciencia y eliminación de peligros potenciales para la salud, seguridad y bienestar físico de nuestros empleados en el lugar de trabajo. El compromiso de todos garantizará que esta meta se cumpla, que a su vez nos llevará a un entorno de trabajo libre de lesiones. Todos debemos trabajar juntos para reducir la frecuencia y gravedad de incidentes y lesiones, identificando y eliminando las condiciones inseguras o peligrosas en el lugar de trabajo. Cuando se trata de la salud y la seguridad laborales, todos somos responsables.

Para velar por la seguridad industrial y el bienestar de los colaboradores EMPRESA X  S.A.S cuenta con el comité paritario de salud ocupacional COPASO y con el Manual de Convivencia.

6.4.2  Consumo de drogas y alcohol
Las personas cuya capacidad laboral se vea afectada por el consumo de drogas o alcohol son una amenaza para la salud y seguridad en el lugar de trabajo.

Ningún empleado podrá poseer, vender, comprar o consumir drogas ilegales en ningún momento, o encontrarse bajo la influencia del alcohol o de drogas mientras esté trabajando en algún predio de EMPRESA X  S.A.S, en instalaciones controladas por EMPRESA X  S.A.S, o en las instalaciones de un cliente (actual o potencial) o proveedor. Es esencial tomar las decisiones correctas. Asimismo, debemos mantenernos alerta para continuar siendo competitivos en el entorno comercial de hoy en día.

Del mismo modo, a menos que lo haya autorizado el Gerente, tenemos prohibido consumir, vender, comprar o poseer bebidas alcohólicas en las instalaciones de EMPRESA X  S.A.S.

Para esto EMPRESA X  S.A.S cuenta con una política de prevención: alcohol, drogas y antitabaquismo.

6.4.3 Protección del medio ambiente
Todos estamos comprometidos con la protección del medio ambiente y con la realización de nuestras actividades de manera responsable hacia el mismo. El logro de estas metas exige la participación de todos, incluyendo el liderazgo efectivo de nuestros directivos y la implicación de todos nuestros empleados.

Todos debemos respetar y cumplir tanto las leyes como las normas y prácticas adoptadas por EMPRESA X  S.A.S relacionadas con la protección del medio ambiente.

Todos desempeñamos un papel importante en el logro de estas metas por medio de nuestras acciones y comportamiento.


7       TRANSPARENCIA EN TODAS NUESTRAS ACTIVIDADES
A pesar de la intensa competencia de los mercados en los que participamos, todas nuestras actividades comerciales deben llevarse a cabo estrictamente conforme a las leyes y reglamentos en vigor. Toda conducta ilegal está rigurosamente prohibida. En caso de duda sobre la interpretación de una ley o reglamento, debe consultarse con personal técnico.


7.1  Leyes Antimonopolio y de Competencia
En EMPRESA X  S.A.S todos debemos comprometernos con prácticas comerciales competitivas y justas de conformidad con las leyes aplicables relacionadas con los temas de antimonopolio y competencia.

Si bien la definición puede variar de una jurisdicción a otra, la colusión se define como el acuerdo secreto entre dos o más partes con un propósito fraudulento, ilegal o deshonesto. Las leyes que tratan tales temas difieren de un país a otro. Por ejemplo, no podemos participar en discusiones o concluir en acuerdos con nuestros competidores para:
ü  fijar o controlar precios, términos o condiciones;
ü  restringir la competencia o relaciones con los proveedores;
ü  influir en los precios de reventa establecidos por nuestros compradores; o
ü  presentar ofertas falsas para licitaciones.

No debemos buscar obtener inteligencia competitiva ilegalmente por medio de espionaje industrial, soborno, robo o intercepción electrónica. Asimismo, no debemos comunicar información sobre un competidor que sabemos que es falsa.


7.2  Antisoborno y Anticorrupción
7.2.1 Ofrecimientos, Promesas y Sobornos
Lo que nos distingue de nuestros competidores es la calidad de nuestro trabajo bajo un sistema integral de gestión, los productos que ofrecemos y nuestra reputación. No debemos, directa o indirectamente, ofrecer, prometer, otorgar ni autorizar la entrega de algo de valor: dinero, regalos, entretenimiento, empleo, contratos o ventajas de cualquier tipo, a un cliente, proveedor o todo otro tercero para ejercer influencia en relación con una acción oficial o para obtener una ventaja indebida.

Si bien la definición puede variar de una jurisdicción a otra, la corrupción se define como “el abuso del poder otorgado para obtener un beneficio personal”. También debemos asegurarnos de no ofrecer, prometer u otorgar algo de valor a nuestros clientes, proveedores y terceros, tales como consultores y socios comerciales, que pueda percibirse como un soborno. De la misma manera, nunca debemos ofrecer o aceptar una “comisión indebida” que quiere decir la devolución de una suma ya pagada (o que debe pagarse) como recompensa por llevar a cabo o promover acuerdos comerciales. No debemos contratar a ningún tercero para realizar una actividad en la que nosotros mismos tengamos prohibido participar.

Cuando tratamos con un funcionario del gobierno, debemos prestar especial atención a las leyes, normas y directivas que regulan los asuntos relacionados con regalos y entretenimiento otorgados u ofrecidos.

Un “funcionario de gobierno” nacional o extranjero puede incluir funcionarios o empleados, o cualquier otra persona que represente o actúe en nombre de:
ü  cualquier tipo de gobierno (federal, provincial, estatal, municipal u otro);
ü  entidades en propiedad parcial o absoluta del gobierno;
ü  empresas públicas internacionales;
ü  partidos políticos, empleados de partidos políticos y candidatos a una instancia oficial; o
ü  una persona que ocupa un cargo legislativo, administrativo, judicial o militar.

Además, debemos abstenernos de dar algo de valor de manera indirecta a un tercero si tenemos motivos para creer que le será entregado a un funcionario de gobierno o a un socio comercial privado para obtener una ventaja indebida. Por lo tanto, debemos tomar las medidas necesarias para: garantizar que todo tercero, como por ejemplo consultores, y otros socios comerciales, comprenda y se rija por nuestro Manual y nuestras obligaciones relacionadas con el tema del antisoborno y la anticorrupción, evaluar las calificaciones y reputación de nuestros socios (incluyendo el uso de un control diligente antes de comprometerse en tal relación), y elaborar acuerdos y contratos que incluyan tales exigencias para proteger a EMPRESA X  S.A.S.


7.2.2  Pagos por Agilización de Servicios
Los pagos por agilización de servicios son pagos poco frecuentes de pequeñas sumas de dinero realizados a un funcionario para agilizar tareas. Los pagos por agilización de servicios se encuentran estrictamente prohibidos.


7.2.3  Donaciones, Patrocinios y Promociones
Las donaciones están permitidas y deben regirse en virtud de nuestro Procedimiento de Producto Dado de Baja.

Los patrocinios constituyen un aspecto importante de la comunicación de EMPRESA X  S.A.S con sus clientes y con las comunidades donde la Empresa opera.

Los mismos brindan una manera de reforzar la marca de EMPRESA X  S.A.S con ciertos grupos selectos. Esto los diferencia de las donaciones, ya que su objetivo es obtener un beneficio específico para la Empresa. Sin embargo, los patrocinios pueden presentar riesgos de corrupción si se perciben como asociados a la búsqueda u obtención de una ventaja inapropiada. Debemos consultar a nuestros jefes si creemos que existe un riesgo de que un patrocinio pueda llegar a percibirse como incorrecto o corrupto.


7.2.4  Ofrecer y Aceptar Regalos y Hospitalidad
No está prohibido ofrecer o aceptar regalos ocasionales de valor puramente simbólico o comidas o entretenimiento razonable en valor que sea compatible con las costumbres y prácticas locales, nuestro Manual de ética y Conducta y sus políticas implícitas. Cualquier otro regalo o artículo de valor debe ser rechazado. Es importante que todo regalo o servicio de hospitalidad ofrecido a terceros se registre en forma completa y exacta en los libros contables o registros de inventario, aprobados previamente por la gerencia de EMPRESA X  S.A.S.

Cuando se intercambian regalos, comidas o entretenimiento, nunca debemos ofrecer o aceptar dichas atenciones si:
·         Violan alguna ley, reglamentación o regla así como una norma de la organización del receptor;
·         La otra parte está actualmente involucrada en un proceso de adquisición o negociación activa con nosotros;
·         Forman parte de un acuerdo para realizar o recibir algo a cambio;
·         Pueden influenciar al receptor o a la empresa del receptor en alguna negociación comercial;
·         Se ofrecen en forma de dinero en efectivo o un equivalente, tal como tarjetas de regalo, certificados, cupones, vales, préstamos, acciones, opciones de compra de acciones, etc.;
·         Tienen connotación sexual, son ofensivas, de mal gusto o violan de cualquier otra forma el compromiso con el respeto mutuo;
·         Pueden interpretarse como un soborno o una comisión indebida;
·         Pueden interpretarse en forma razonable como tratamiento preferencial, ya sea real o percibido, o como que generan una obligación por parte del receptor;
·         Son lujosas o extravagantes;
·         Ocurren en forma frecuente.

Asimismo, las normas en materia de regalos y hospitalidad son mucho más estrictas para clientes gubernamentales, representantes de organismos reguladores y otros funcionarios extranjeros que para terceros particulares.

Muchos países prohíben que los funcionarios del gobierno acepten regalos o comidas; otros establecen límites con respecto a la cantidad y la frecuencia. Siempre debemos consultar a un oficial de cumplimiento antes de ofrecer regalos u hospitalidad a funcionarios del gobierno.
Además, debemos tener especial cuidado cuando un proveedor nos ofrece regalos u hospitalidad de cualquier tipo. Incluso si ofrecemos o recibimos regalos que cumplen con el criterio descrito más arriba, siempre debemos evitar crear incluso la impresión de parcialidad.




7.3  Contribuciones Políticas
Cuando la ley lo permita, las personas deben, a su discreción, realizar contribuciones personales al partido político de su elección. No debemos solicitar o presionar a otras personas a realizar contribuciones políticas o realizar campañas políticas durante las horas de trabajo o en las instalaciones de EMPRESA X  S.A.S o si están prohibidas por la ley.


7.4  Trabajo con Terceros
EMPRESA X  S.A.S cree que es importante que los terceros con los que la Empresa se relaciona, como consultores y socios comerciales, compartan sus valores y cumplan con todas las leyes aplicables. Por lo tanto, esperamos que dichos terceros actúen de manera coherente con nuestro Manual de Ética y conducta, y adopten e implementen prácticas que:
·         Cumplan con todas las leyes y reglamentos aplicables;
·         Se abstengan de incurrir en sobornos y otras formas de corrupción;
·         Asuman la responsabilidad de la salud y seguridad de sus empleados;
·         Respeten los derechos humanos de sus empleados;
·         Traten de promover el desarrollo local sostenible;
·         Traten de asegurar que las actividades comerciales se efectúen de manera responsable para el medio ambiente;
·         Promuevan y reflejen nuestro compromiso con la calidad de nuestro trabajo.


7.5  Selección de Proveedores
La evaluación y selección de los proveedores de la sociedad se lleva a cabo por el área solicitante de la compra o del servicio, teniendo en  cuenta, entre otros aspectos aquellos que se relacionan a continuación:

1.    Solvencia moral del proveedor.
2.    La calidad de los productos y servicios ofrecidos por el proveedor
3.    Experiencia en los servicios o bienes suministrados.
4.    Respaldo financiero del proveedor.
5.    La capacidad del proveedor para cumplir oportunamente con la entrega del bien o servicio requerido y la capacidad para atender eventuales reclamos que surjan con posterioridad.
6.    El valor de los bienes o servicios y la forma de pago.
7.    Las garantías ofrecidas
8.    El servicio de mantenimiento

Cuando se celebren contratos con proveedores que tengan vínculos jurídicos o económicos con los accionistas o sus directores, administradores, principales ejecutivos o sus parientes, socios y demás relacionados, debe evidenciarse este hecho ante la Gerencia y el Proceso de Recursos Humanos.


8       CONFLICTO DE INTERÉS
Se entiende que las personas vinculadas a EMPRESA X  S.A.S se encuentran en una situación de conflicto cuando se enfrenten a una situación que los lleva a tener que escoger entre la utilidad propia y la de la sociedad, o la utilidad de un tercero con el cual se encuentren vinculados y el de la sociedad.

Con el propósito de evitar que se presenten conflictos de interés en la adopción de decisiones que tengan que tomar los accionistas, directores, jefes, y en general los funcionarios de EMPRESA X  S.A.S, la compañía ha definido unas reglas encaminadas a que las decisiones se tomen con la mayor objetividad:

Para el efecto, las partes deberán:

1.    Poner en evidencia la existencia de posibles conflictos de interés, a través de información al Representante Legal de la compañía, canalizada a través de la dependencia que éste expresamente designe.
2.    Abstenerse de participar en la toma de decisiones en las cuales tenga un interés particular.
3.    Guardar confidencialidad sobre aspectos reservados de la compañía que conozca en virtud del trabajo que desempeña para la compañía.
4.    Abstenerse de utilizar información privilegiada en provecho suyo o de un tercero.

En caso de violación a las reglas antes mencionadas por parte de personas vinculadas por contrato de trabajo a EMPRESA X  S.A.S, el gerente, directamente o a través de la dependencia que para el efecto se designe, evaluará la gravedad de la falta y procederá a solicitarle las explicaciones del caso al infractor y a aplicar las medidas que se consideren pertinentes, teniendo en cuenta que su desconocimiento constituye falta grave que da lugar a la terminación unilateral y justificada de la relación que sostenga quien lo incumpla con EMPRESA X  S.A.S.


8.1  Relaciones Personales en el Lugar de Trabajo
Se permite la contratación de empleados de la misma familia o de empleados que han tenido una relación personal con otro miembro del personal, siempre y cuando no exista un conflicto de intereses real o aparente.

En caso de que nuestra familia o nuestras relaciones personales den lugar a conflictos de intereses reales o aparentes, se nos exige que de inmediato informemos a la dirección de Recursos Humanos.

Cuando se informen voluntariamente las relaciones personales al Proceso de Recursos Humanos, el tema será tratado con la mayor discreción y confidencialidad. Juntos, trabajaremos para encontrar una solución con el fin de eliminar rápidamente situaciones de conflicto de intereses real o aparente.

Las situaciones siguientes son otros ejemplos de lo que puede representar un conflicto de intereses real o aparente:
·         Contratar o promover a miembros de la familia o a alguien con quien tenemos o buscamos tener una relación personal.
·         Ejercer influencia en un empleado en beneficio o perjuicio de un miembro de la familia o de alguien con quien tenemos o buscamos tener una relación personal.
·         Desempeñarse bajo la supervisión directa o indirecta de un miembro de la familia o de alguien con quien tenemos o buscamos tener una relación personal.
·         En caso de dudas sobre si nuestra relación con otro empleado pudiera representar un conflicto de intereses real o aparente, le recomendamos encarecidamente que se comunique con el Proceso de Recursos Humanos para obtener para más información

9       PROTECCIÓN Y MANEJO DE LOS ACTIVOS DE LA EMPRESA, INCLUYENDO LOS ACTIVOS DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORM ACIÓN
No debemos usar los bienes de EMPRESA X  S.A.S de manera inadecuada. Cada uno de nosotros debe proteger y conservar los activos operativos, financieros y de otro tipo, lo cual incluye respetar las políticas de control interno en vigor. El personal también debe usar los activos de EMPRESA X  S.A.S exclusivamente con fines para los que fueron adquiridos. El robo, la negligencia, el uso abusivo y el despilfarro influyen directamente en nuestra rentabilidad. Está prohibido utilizar nuestros activos con fines ilegales o indebidos o con intención de obtener ventajas o ganancias personales o para terceros.

Las cuentas de correo electrónico, incluyendo las de EMPRESA X  S.A.S, y los sistemas de información y los equipos que se nos proporcionan durante nuestra relación laboral con la empresa, tales como teléfonos, fotocopiadoras, computadoras, laptop, tablet, programas informáticos, Internet/intranet, máquinas, y sistemas de contestadores automáticos, continuarán siendo propiedad exclusiva de EMPRESA X  S.A.S.

El intercambio de información por medios electrónicos, tales como correo electrónico, Internet, intranet, etc., puede dar lugar a ciertos riesgos relacionados con la protección de nuestra vida privada, la confidencialidad de la información de EMPRESA X  S.A.S y la seguridad de sus activos informáticos.

Todos debemos tomar las medidas de precaución necesarias para asegurar que los intercambios de información que realizamos no divulgan información privada o confidencial a un tercero no autorizado.

No debemos utilizar la propiedad de EMPRESA X  S.A.S para uso personal u otros fines que pudieran ser cuestionables; por ejemplo, el intercambio, almacenamiento o procesamiento de contenido que:
·         Esté prohibido por la ley (como la descarga ilegal de material protegido por las leyes de propiedad intelectual);
·         Promueva o incite el acoso;
·         Pudiera ser percibido como racista, atroz, sexista o pornográfico;
·         Pudiera manchar la reputación de EMPRESA X  S.A.S.

EMPRESA X  S.A.S se reserva el derecho de familiarizarse con cualquier contenido intercambiado, almacenado o procesado en la propiedad de EMPRESA X  S.A.S.

A menos que la Empresa lo autorice, no está permitido grabar registros, archivos, video o audio, o reproducciones usando el equipo o las instalaciones de EMPRESA X  S.A.S si la actividad no se encuentra directamente relacionada con las actividades de la Empresa.


10     PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN

10.1  Prácticas Adecuadas de Contabilidad y Mantenimiento de Registros
La información financiera exacta y fiable es indispensable para nuestra empresa. Esta información es la base de nuestros estados financieros y de otros datos que se comunican al público, a nuestros clientes, socios y otras partes interesadas. Nuestras decisiones de negocios y planificación estratégica se orientan también por esta información.

La base de unos estados financieros exactos y fiables consiste en respetar nuestros controles internos y contabilizar las transacciones y elementos del activo y del pasivo de EMPRESA X  S.A.S con precisión y puntualidad en los libros de contabilidad de la Empresa. Por lo tanto, todos nuestros libros de contabilidad han de ser completos, exactos y fiables.

Por ello y sin restricción alguna, cada uno de nosotros nos comprometemos a lo siguiente con respecto a nuestros libros y registros, independientemente de la finalidad de la información:
·         Los registros de la empresa, informes de gastos, facturas, comprobantes, nóminas, registros de empleados y otros informes se preparan oportunamente con cuidado y honestidad.
·         Todas las transacciones se efectúan de conformidad con las leyes, normas, estándares y reglamentos aplicables;
·         Ninguna transacción, activo, pasivo u otra información financiera se oculta.
·         Se realizan todos los esfuerzos para resolver las cuestiones y preocupaciones que surgen en los informes de auditoría internos y externos.
·         Cualquier inexactitud, falsedad u omisión conocidas es divulgada a nuestros clientes y proveedores y corregida de inmediato a través de créditos, reembolsos o cualquier otro medio aceptable para ambas partes.
·         Todos los documentos firmados son, a lo mejor de nuestro entendimiento, precisos y veraces.
·         Las entradas falsas o engañosas y las cuentas bancarias no registradas, para cualquier propósito, ya sea con respecto a las ventas, compras o cualquier otra actividad de la Empresa, están estrictamente prohibidas.
·         No se deben establecer o mantener fondos en efectivo secretos o no registrados, u otros activos para ningún propósito.
·         Se prohíben los acuerdos financieros inusuales con un cliente, un socio o proveedor (p. ej., la sobrefacturación o la subfacturación).
·         Está restringido el acceso a información delicada o confidencial para garantizar que no se divulgue, modifique, mal emplee o destruya dicha información.
·         El uso de fondos u otros activos de la Empresa para cualquier propósito ilegal o inadecuado está estrictamente prohibido, y se espera que nuestros directivos, ejecutivos y las personas responsables de la contabilidad y los registros se mantengan atentos no sólo para garantizar la aplicación de esta prohibición, sino también para vigilar el uso apropiado de los activos de la Empresa


10.2  Propiedad Intelectual
Los derechos de autor, marcas registradas, diseños, invenciones, mejoras, descubrimientos y cualquier otra forma de propiedad intelectual (como protocolos, procedimientos, procesos técnicos, métodos de investigación, etc.) creados o modificados durante el transcurso de nuestra relación con EMPRESA X  S.A.S pasarán a ser propiedad exclusiva de la Empresa.

Además, la propiedad intelectual desarrollada fuera de la relación con EMPRESA X  S.A.S pertenece a la Empresa si su desarrollo surge de la adquisición de información confidencial adquirida en el transcurso de nuestra relación con EMPRESA X  S.A.S. En tales instancias, se nos solicitará firmar documentos que demuestren la propiedad de EMPRESA X  S.A.S.




10.3  Confidencialidad de la Información
Todos comprendemos que durante el transcurso de nuestra relación con EMPRESA X  S.A.S, podríamos estar en contacto con información que podría ser considerada secreta y confidencial, y que no es conocida por el público (información privilegiada). No debemos usar o divulgar dicha información secreta o confidencial perteneciente a EMPRESA X  S.A.S o a los terceros con los que la Empresa se relaciona.

La información secreta o confidencial perteneciente puede incluir:
·         Detalles relacionados con nuestra empresa, clientes, precios, mercados, equipo, ventas, ganancias, cifras de informes internos y otros asuntos relacionados con nuestra empresa;
·         Información relacionada con investigación y desarrollo;
·         Información técnica relacionada con nuestros productos, servicios y procesos;
·         Información relacionada con nuestras estrategias de marketing y servicios;
·         Detalles relacionados con fusiones actuales o posibles, adquisiciones o compra y venta de activos;
·         Información relacionada con empleados y recursos humanos.

La obligación con respecto a la información confidencial se aplica tanto durante el transcurso de nuestra relación con EMPRESA X  S.A.S y una vez terminada la misma.


10.4  Información Personal Privada
EMPRESA X  S.A.S se compromete a respetar nuestro derecho a la privacidad individual y ha tomado las medidas necesarias para garantizar la precisión y seguridad de los datos. De acuerdo a lo expuesto en la ley Colombiana 1581 de 2012, Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.

Toda información personal divulgada a EMPRESA X  S.A.S o recopilada por la misma durante el transcurso de la relación permanecerá privada y confidencial. La información personal divulgada a EMPRESA X  S.A.S será usada únicamente para los fines que fue obtenida o con la previa autorización del dueño.

También puede haber situaciones en las que la ley exija la divulgación de dicha información. La divulgación también podría ser requerida para propósitos de administración de un programa por un tercero. La información también podría ser divulgada a clientes y a terceros en el marco de auditorías de proyectos o contratos. En toda otra situación, EMPRESA X  S.A.S se asegurará de que se obtenga su consentimiento antes de divulgar dicha información.

Por otra parte, EMPRESA X  S.A.S se asegurará de que la información no se use para cualquier otro propósito que para el que fue divulgada y exigirá al tercero ofrecer una garantía para tal efecto.

No se recomienda el uso del correo electrónico personal para fines profesionales. En caso de que no pueda evitarse, debemos enviar una copia de todo correo electrónico de trabajo enviado desde una cuenta personal a nuestra cuenta de correo electrónico de EMPRESA X  S.A.S.




10.5  Comunicación Externa
Las opiniones o información solicitadas por parte de grupos externos u organizaciones deben de acuerdo al Procedimiento de Comunicaciones Interna y Externa.

Cualquiera que exprese opiniones a tales intereses externos en asuntos no relacionados con las actividades de EMPRESA X  S.A.S debe ser consciente de que sus comentarios son estrictamente personales y por lo tanto deben tener cuidado de no comprometer de ninguna manera a EMPRESA X  S.A.S.

Cualquier solicitud recibida por parte de los medios de comunicación, incluso si se pide a modo de comentario u opinión personal, debe ser con previa autorización de la gerencia, Toda participación de un empleado como orador en una conferencia, panel o cualquier otro medio de comunicación, ya sea televisión, radio, en línea, red social, medio impreso u otro, debe ser aprobada por su Jefe inmediato y debe autorizarse por la Gerencia.

No debemos citar ni hacer referencia a EMPRESA X  S.A.S, ni divulgar ninguna información confidencial que pudiéramos conocer y debemos respetar todas las condiciones que se indican en la sección 10.3 titulada Confidencialidad de la Información.


11     INFORME DE INVESTIGACIÓN E INVESTIGACIÓN DE VIOLACIÓN Y QUEJAS
A reserva de las leyes en vigor, todos tenemos el deber y la responsabilidad de informar de buena fe de cualquier violación de este Manual conocida o de la que sospeche, incluyendo cualquier violación de las leyes, normas, reglamentación, políticas empresariales u otras políticas que se apliquen a nosotros o a la Empresa, así como de cualquier caso de mala conducta que se observe o de presión para incumplir las normas éticas de la Empresa.

Toda violación de nuestro Manual deberá ser comunicada a través de uno de estos canales:
·         Nuestro Jefe inmediato;
·         El Proceos de Recursos Humanos;
·         Buzón de Sugerencias ubicado en las instalaciones de EMPRESA X  S.A.S
·         Asuntos Jurídicos y Auditoría Interna (véase la página 16);
·         gerencia@sas.com.co; y/o

Corresponde a cada uno de nosotros asegurar que todos respetemos los valores corporativos y el Manual de Ética y Conducta de EMPRESA X  S.A.S. Cualquier inquietud que surja o reporte que se presente con respecto a nuestro Manual, será tratado con la más estricta confidencialidad y el denunciante será protegido contra cualquier forma de represalia. A reserva de la aplicación de las leyes locales, el hecho de no informar algún asunto puede suscitar medidas disciplinarias incluyendo el despido.

EMPRESA X  S.A.S asume que todas las inquietudes y reportes presentados en virtud de esta sección se harán de buena fe y son reales y legítimos. Siempre que se presente algún reporte o queja, EMPRESA X  S.A.S iniciará una investigación sobre el asunto dentro de un lapso razonable de tiempo. Las investigaciones realizadas en virtud de nuestro Manual de ética y Conducta se llevarán a cabo con el más amplio respeto, discreción y privacidad y serán confidenciales en la medida en que lo permita la ley y conforme a la necesidad de la Empresa de investigar plenamente el asunto. Sin embargo, si la Empresa descubre actividades criminales u otro tipo de actividad inadecuada, puede denunciarlas al gobierno o a las autoridades encargadas de aplicación de la ley correspondientes

12     DOCUMENTOS RELACIONADOS

No
Nombre del Documento
1
Reglamento Interno de Trabajo
2
Procedimiento de Inducción y Reinducción del Personal
3
Política Integral de Gestión

8. ANEXOS

N.A

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INSTRUCTIVO PARA DETERMINAR CONCENTRACIÓN EN SODA CAUSTICA Y ÁCIDO NÍTRICO (me ayudarías mucho a seguir publicando procedimientos si haces clic sobre la publicidad)

1        RESPONSAB LE S   (me ayudarías mucho a seguir publicando procedimientos si haces clic sobre la publicidad) Esta determinación se realiza al agua de lavado utilizada en la limpieza y desinfección de los pasteurizadores. Los  auxiliares de laboratorio son los responsables de ejecutar y verificar el cumplimiento de las instrucciones descritas en este documento. Todo el personal de la planta que ejecute labores de limpieza y desinfección. 2        GENERALIDADES se utiliza para desinfectar equipos, pasteurizadores, tanques, conductos, evaporadores, rellenadores y superficies de contacto en plantas procesadoras de alimentos. Es especialmente efectivo en la eliminación de microbios osmotolerantes (p. ej. la levadura Zygosaccharomyces bailii) en plantas de bebidas de productos con alto contenido de azúcar. La industria papelera utiliza el ácido peracético como agente blanqueante y deslignificante. 3        DESARROLLO ¿QUE REACTIVOS Y  EQUIPOS SE REQUIEREN?

PROCEDIMIENTO PARA PRODUCTO DADO DE BAJA (me ayudarías mucho a seguir publicando procedimientos si haces clic sobre la publicidad)

1        OBJETIVO  (me ayudarías mucho a seguir publicando procedimientos si haces clic sobre la publicidad) Este procedimiento establece el detalle de las actividades que se deben seguir en Empresa xpara dar de baja los elementos y bienes adquiridos por la empresa, que se encuentran en  mal estado, obsoletos, o cuyo mantenimiento correctivo o preventivo no puede ser asumido por la entidad. Verificar los productos que no tengan utilidad para poder dar de baja al material de manera que se puedan optimizar los espacios del almacén y no afectar el inventario existente. 2        ALCANCE Aplica para todos los productos (producto terminado, producto en proceso, materia prima, material de empaque, insumos, bienes, entre otros)  a los que se les va a efectuar una baja. 3        DEFINICIONES Baja de Bienes. La baja de bienes es el Procedimiento Administrativo mediante el cual Empresa xdecide retirar definitivamente un bien mueble de sus  activos. Se perfecciona mediante e